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1. Corresponde al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía o persona en quien delegue de entre los miembros de la Junta de Andalucía en el Consejo de Administración, ejercer la Presidencia del Consorcio.
2. Corresponde ejercer la Vicepresidencia al representante del Ayuntamiento consorciado que en cada momento ostente la presidencia de la Mancomunidad del Campo de Gibraltar.
Corresponde al Presidente del Consorcio ejercer las siguientes atribuciones según el Artículo 12 de los Estatutos:
Corresponde al Vicepresidente del Consorcio ejercer las siguientes atribuciones según el Artículo 13 de los Estatutos: